A partir del 1 de Noviembre de 2022, las notificaciones por parte de la DGT, relativas a los procedimientos sancionadores de tráfico para las personas jurídicas, dejarán de ser emitidas en papel, y se notificarán únicamente a la DEV, dirección electrónica vial en el renting de coches.

El alta es voluntaria para las Personas Físicas, pero obligatoria para las Personas Jurídicas.
Por tanto, es muy importante llevar a cabo el proceso de alta en la DEV, antes de la mencionada fecha, para cumplir con la obligación legal por parte de las personas jurídicas, de disponer de una dirección
electrónica vial.
Con respecto al proceso de alta en la DEV, es importante tener en cuenta que, los avisos de puesta a disposición de las notificaciones pendientes, serán enviados al email y el teléfono móvil que el usuario haya comunicado a la DGT a tal efecto.

Además la DGT informa que en caso de que la persona jurídica no haya llevado a cabo el proceso de alta en la DEV antes de dicha fecha, procederá a asignar una DEV de oficio, a la cual realizará las notificaciones.

Esperamos que esta información sea de utilidad y rogamos que se proceda a dar de alta una DEV lo antes posible, en caso de no tenerla ya disponible.

¿Tengo que dar de alta yo mismo la DEV de mi empresa aunque tenga un contrato de renting de coches en vigor?
Sí. Porque si la sanción llega a nombre de la financiera, os notificarán al responsable de la flota; pero si la sanción va a nombre del cliente, la notificación será enviada directamente a la DEV por parte del organismo sancionador.

¿Dónde y cómo puedo proceder a registrar la DEV de mi empresa?
A través del siguiente enlace: Solicitud de alta en la DEV